Gloria S.A. no podrá utilizar leche en polvo para producir leche evaporada, de acuerdo con una nueva Casación emitida por la Corte Suprema de Lima, quien declaró infundada una demanda de amparo presentada por la empresa, en la productora de lácteos buscaba que no se aplicará el Decreto Supremo 004-2022-MIDAGRI, publicado en abril del 2022.
Dicho Decreto Supremo señaló que la leche evaporada era un producto obtenido por la “eliminación parcial del agua únicamente de la leche”, efectivamente prohibiendo que se utilice leche en polvo para su elaboración.
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En ese sentido, señaló que Gloria podría seguir utilizando leche en polvo para la elaboración de otros productos distintos a la leche evaporada siempre que no se comercialicen como tal.
Efecto en el mercado local
Nivia Vargas, presidenta de la Asociación de Ganaderos Lecheros del Perú (Agalep), indicó que esta sentencia será positiva para los pequeños ganaderos y que, además, ayudará a garantizar la calidad de los productos alimentarios.
“Esta resolución judicial podría tener un impacto significativo en el sector lácteo peruano, al promover el consumo de leche fresca y favorecer a los productores locales. Asimismo, resalta la necesidad de promover regulaciones que velen por la calidad y la salud de los consumidores, al tiempo que garantizan un entorno propicio para el desarrollo de la industria láctea nacional”, indicó






































