El Poder Ejecutivo promulgó la norma que modifica las reglas electorales para los comicios del 2022. Se trata de la ley 31357 que modifica la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas, para el proceso electoral del 2022, en el marco de la pandemia por la Covid-19.
Dentro de las nuevas disposiciones de esta ley, se precisa que en cuanto a las elecciones internas para elegir a los candidatos para los comicios municipales y regionales 2022, estas serán organizadas con participación de los organismos electorales.
Se detalla que, la organización política será la que determine los requisitos para la inscripción de sus candidatos de acuerdo a su normativa interna, debiendo presentar listas cerradas y bloqueadas.
Asimismo, precisa que las elecciones internas se podrán efectuar a través de delegados previamente elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
También, que solo los candidatos a gobernadores regionales, vicegobernadores y alcaldes deben estar afiliados a la organización política por la que postularán, siendo que la presentación de las afiliaciones ante el Registro de Organizaciones Políticas se efectuará como máximo hasta el 5 de enero del 2022.
Miembros de mesa
Entre las modificaciones efectuadas se dispone que los miembros de mesa recibirán una compensación correspondiente al 2.5 % de la UIT.
También, refiere que el horario para acudir a las urnas será desde las 07:00 a.m. y se extenderá hasta las 5:00 p.m.
Asimismo, se establece que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) emitirá mensualmente, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la relación de fallecidos.


































