El retorno a clases presenciales se realizará entre el 1 y el 14 de marzo del 2022 con un horario máximo de cuatro horas cronológicas diarias en zona urbana. Asimismo, los quioscos, cafeterías y comedores escolares se mantendrán cerrados durante la emergencia sanitaria.
Así lo establece el documento normativo del Ministerio de Educación (Minedu) referente al retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad para el año escolar 2022.
La norma detalla que el horario de clases establecido se dará en contextos urbanos en una primera fase. Mientras que para el ámbito rural se considerará el horario regular, de acuerdo a su jornada escolar.
Durante las clases, se deberá mantener la distancia mínima de un metro. Además, las puertas y ventanas deben estar abiertas para asegurar la ventilación natural adecuada. Se tomará la excepción en el caso de las escuelas ubicadas en zonas con climas fríos.
SERVICIO DE QUIOSCOS Y CAFETERÍAS
Asimismo, para las clases presenciales y/o semipresenciales, los quioscos, cafeterías y comedores escolares se mantendrán cerrados. En el caso de colegios o instituciones escolares con residencia se permitirá el uso de comedores respetando el aforo y la distancia entre sillas y mesas. Además, deberá contar con ventilación natural adecuada y las medidas de bioseguridad.
En los ámbitos rurales, en la primera fase, cada estudiante consumirá los alimentos que lleve desde su hogar. Para ello se guardará una distancia física de dos metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de un docente como parte de una hora pedagógica.
Asimismo, se debe respetar el aforo máximo establecido para cada espacio, y no se puede compartir ni intercambiar materiales ni mascarillas.
Dato: el documento normativo que establece el Minedu es denominado “Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad. Así como para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica. Ubicadas en los ámbitos urbano y rural, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19″, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 531-2021-MINEDU y publicado en el diario oficial El Peruano.
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