InicioNacionalProhíben la venta de 'chips' para teléfones móviles en la vía pública

Prohíben la venta de ‘chips’ para teléfones móviles en la vía pública

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En última instancia administrativa se declaró legal la prohibición de venta de chips en vía pública para cuidar y garantizar la identidad biométrica de los compradores.

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa, resolvió que la prohibición de la venta de ‘chips’ para teléfonos móviles en la vía pública, dictada por el Osiptel, no constituye barrera burocrática.

En ese sentido, el Indecopi declaró infundada la denuncia presentada por América Móvil Perú S.A.C. (Claro) en contra del Osiptel, pues consideró que la prohibición sí tiene sustento legal en el artículo 11-D del Texto Único Ordenado de las Condiciones de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo 138-2012-CD-OSIPTEL.

La mencionada norma establece que los puntos de venta de “chips”, de distribuidores autorizados, deben tener una dirección, la misma que debe ser informada al organismo regulador.

Asimismo, la Sala se pronunció en el sentido de que las operadoras de servicios de telefonía tienen la obligación de realizar la verificación biométrica de identidad de los compradores, únicamente en sus oficinas o centros de atención y en los distribuidores autorizados. Consecuentemente, si la venta se realiza en la vía pública, la verificación de la identidad no podría cumplirse y ello vulnera el marco jurídico vigente.

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