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Piura: congresista Eduardo Castillo fue blindado en Ética tras denuncia por maltrato contra su esposa

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Un nuevo blindaje se concretó —este lunes 24 de abril— en la Comisión de Ética Parlamentaria, luego de que, con 13 votos a favor y uno en contra, se aprobara el informe de calificación de la denuncia al congresista fujimorista Eduardo Castillo por un presunto maltrato psicológico contra su esposa. El texto recomendó declarar la improcedencia del caso y mandarlo al archivo de este grupo.

De acuerdo con las conclusiones del Expediente n.º 113-2022-2023/CEP-CR, se advierte que “los hechos denunciados no han infringido la ética parlamentaria”, ya que los indicios y pruebas presentadas no ameritan llevar a cabo la investigación de los eventos que son materia de denuncia.

Al respecto, se recomienda “declarar improcedente la denuncia de oficio contra el congresista Eduardo Castillo Rivas por la presunta vulneración de la ética parlamentaria». En tanto, su caso pasa al archivo y no se recomendaría una posible suspensión de 120 día hábiles en su labor como legislador, la cual es la máxima sanción que puede imponer este grupo parlamentario.

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A fines de febrero, el congresista Eduardo Castillo de Fuerza Popular fue acusado de agredir psicológicamente a su esposa con amenazas. La mujer de iniciales MLSQ (32) indicó a la Policía Nacional (PNP) que fue víctima de maltrato por parte del integrante de la bancada fujimorista. Su expareja acusó mensajes amenazantes e hirientes del legislador.

“La denunciante se encontraba en su domicilio y recibe mensajes por la red social de WhatsApp del celular de propiedad de su esposo, los mismos que dicen que no le va a dar ni un solo sol, que el juicio por alimentos demora, que para eso ya cerraron el Congreso”, se lee en el atestado policial.

Tras la denuncia, el Poder Judicial resolvió dictar medidas de protección en favor de la esposa del congresista debido a las acusaciones de maltrato psicológico contra ella. Estas constan de una orden de alejamiento de, al menos, cien metros en su centro de trabajo, estudios, vía pública, establecimientos públicos y privados. Asimismo, el legislador tendrá prohibido el ingreso al domicilio que compartían.

 

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