El pleno del Congreso aprobó el proyecto que exonera el impuesto general a las ventas (IGC) a los alimentos de primera necesidad. La finalidad es para beneficiar a las familias peruanas bajando el precio del pollo, huevos, leche, harina de trigo, fideos, azúcar y productos cárnicos.
De acuerdo con la iniciativa, se plantea crear un mecanismo de uso y devolución del crédito fiscal del IGV acumulado, el cual hubiera gravado la adquisición de las materias primas e insumos y otros servicios usados en el proceso productivo de los alimentos exonerados.
Se incorpora, además, el apéndice I-A en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo. EL mismo que fue aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF.
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Además, establece que la solicitud de devolución del crédito fiscal acumulado podrá presentarse cada tres meses y por un monto mínimo de una UIT. La forma, plazos y otras condiciones son reglamentadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Como disposición complementaria final se dispone que mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas se establezcan las normas reglamentarias necesarias para aplicar la ley.
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