InicioAyabacaFiscalía Sullana logra 6 años de cárcel para ex alcalde de Ayabaca

Fiscalía Sullana logra 6 años de cárcel para ex alcalde de Ayabaca

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Como resultado de un exhaustivo y contundente trabajo de investigación, el primer despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana, logró que se dicte la primera sentencia condenatoria contra el ex alcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, Baldomero Marchena Tacure, y otros funcionarios y contratistas, por la comisión del delito de colusión agravada en agravio del Estado.

Seis años de cárcel

Gracias a la sólida acusación fiscal, el Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Sullana, a cargo del juez Godofredo Álvarez Flores, impuso al ex burgomaestre 06 años de pena privativa de la libertad efectiva, la cual, con los descuentos de carcelería por este caso, se cumplirá hasta el 01 de octubre del 2031.

El éxito de este fallo recae en la labor del Fiscal Adjunto Provincial del primer despacho de la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana, Jorge Ortiz Purizaca.

Durante un juicio oral que abarcó intensas sesiones a lo largo de seis meses, el representante del Ministerio Público probó de manera irrefutable las graves irregularidades cometidas en el proceso de selección especial RES-PROC-1-2020-MPA-CS-1, destinado a la «Contratación de servicio de Mantenimiento Periódico y Rutinario en caminos vecinales de la Provincia de Ayabaca» en el año 2020.

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La Fiscalía determinó y acreditó que Baldomero Marchena Tacure, junto a los exintegrantes del comité de selección municipal Raúl Abelardo Reyes Palacios, Cristian Eduardo Merino Samamé y Rolando Alejandro Arrieta, concertaron ilegalmente para favorecer a la empresa Transportes Y Negocios Generales Reyna Del Cisne EIRL, representada por Alcides Merino Aniceto.

El Ministerio Público demostró en juicio que los sentenciados sostuvieron una reunión clandestina para gestar un pacto colusorio. Se acordó el pago de sobornos equivalentes al 10% del valor referencial de cada servicio a favor del exalcalde y los miembros del comité. Como resultado, el 03 de agosto de 2020, se benefició a la citada empresa con 19 de los 52 servicios en licitación (8 de manera individual y 11 en consorcio).

OSCE

Para asegurar este direccionamiento, la investigación fiscal corroboró que los implicados introdujeron arbitrariamente dos requisitos no contemplados en las Bases Estándar de OSCE (Directiva N° 007-2020) con el único fin de eliminar a los competidores ajenos a la concertación:
1. Declaración Jurada de Responsabilidad del Contratista.
2. Informe CSMS (Control de Seguridad, Medio Ambiente y Salud Ocupacional) firmado por profesionales.

Para destruir la presunción de inocencia, el fiscal Ortiz Purizaca articuló magistralmente declaraciones de colaboradores eficaces, debidamente corroboradas con prueba documental, pericial, testimonial y digital.

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